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Congreso de Puebla prohíbe bebidas energéticas a menores; multas llegarán a 113 mil pesos

Por Ismael Rojas Cuéllar

 

* La prohibición contempla bebidas con cafeína, taurina y otros estimulantes para personas menores de 18 años.

 

El Congreso de Puebla aprobó por unanimidad una reforma a la Ley Estatal de Salud para prohibir que menores de 18 años consuman bebidas energéticas, iniciativa promovida por el diputado de Morena, Andrés Iván Villegas Mendoza, con el objetivo de prevenir riesgos a la salud durante la infancia y la adolescencia.

La modificación contempla bebidas no alcohólicas que contienen estimulantes como cafeína, taurina, tiamina u otros compuestos destinados a incrementar la energía y el estado de alerta. La medida busca limitar la exposición de niñas, niños y adolescentes a productos con altas concentraciones de estas sustancias.

La reforma establece sanciones de hasta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), monto que equivale a 113 mil 140 pesos. La aplicación de las medidas corresponderá a las autoridades competentes conforme a las disposiciones sanitarias.

Además de la regulación de las bebidas energéticas, los cambios a la Ley Estatal de Salud amplían las facultades del estado en materia de prevención y vigilancia de enfermedades relacionadas con el consumo excesivo de productos con alta densidad energética, así como con el sobrepeso y la obesidad.

Otro de los puntos aprobados establece que los establecimientos de venta de alimentos con dos o más sucursales deberán colocar en un lugar visible información sobre el contenido de azúcares y la densidad energética de sus productos, para que las personas consumidoras tengan acceso a esos datos.

La iniciativa fue presentada en octubre de 2025 por Villegas Mendoza y planteó inicialmente prohibir la venta, el suministro, el regalo y la distribución de bebidas energéticas a menores de edad. Con la aprobación legislativa, la propuesta avanzó para incorporarse al marco estatal de salud.

La reforma también incorpora ajustes al lenguaje de la ley y amplía la referencia al derecho a la protección de la salud, con el propósito de contemplar el bienestar físico y mental de la población.