Teodoro Rentería Arróyave
La revelación es positiva en cuanto a que no obstante que disminuyeron las salicitudes con referencia al año anterior, el comportamiento de atención de los sujetos obligados se aprecia positiva al tomar en cuenta las que se archivan por improcedentes.
El INEGI precisa que en 2020, el número de solicitudes de acceso a la información recibidas por las instituciones públicas disminuyó 17.9 por ciento respecto al año anterior.
Ante ello es de tomarse en cuenta que la tasa de respuesta de los sujetos obligados fue de 74.5 por ciento de las solicitudes de acceso a la información que recibieron ese año.
Explica la institución que los organismos garantes del país admitieron 75.1 por ciento de los recursos de revisión interpuestos en el año de referencia.
En el informe, se agrega que al cierre de 2020, 69.4 por ciento de las instituciones federales, 39.1 de las estatales y 26.7 de los gobiernos municipales contaban con un Sistema Institucional de Archivos, es de esperarse que esta labor básica siga incrementándose.
En 2015 la UNESCO, declaró el 28 de septiembre como el Día Internacional del Acceso Universal a la Información, el objetivo de conmemorar la fecha es reafirmar el derecho que tienen las personas a buscar, recibir y difundir información. Asimismo, el acceso a la información ayuda a ejercer el derecho a la libertad de expresión que establece el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
En México, el derecho de acceso a la información se fundamenta en el artículo 6 de nuestra Constitución, mismo que señala los distintos aspectos que definen este derecho, así como las instituciones del ámbito público, social y privado que están obligadas a publicar la información e instaurar mecanismos de acceso a la misma.
También establece los principios rectores para el actuar de los sujetos obligados a fin de garantizar su ejercicio. Además, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, LGTAIP, establece las directrices e institucionalidad que permiten el ejercicio y garantía de este derecho por parte de las instituciones públicas y privadas que ejerzan actos de autoridad o manejen recursos públicos.
Para conocer más sobre el ejercicio de este derecho en el país, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI, explica que presenta los datos sobre las solicitudes de información que recibieron las instituciones públicas del país, así como las respuestas de atención por parte de los mecanismos y áreas operativas que integran los sistemas institucionales de archivos de las administraciones públicas federal, estatal y municipal.
Por último precisa que dicha información proviene de los Censos Nacionales de Gobierno Federal, Estatales y Municipales, así como de los Censos Nacionales de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.
Magnífico que el INEGI nos entregue estas estadísticas en las que ha quedado de manifiesto, de acuerdo a nuestra interpretación, que si disminuyeron las solicitudes es por el cumplimiento de las informaciones de los sujetos obligados y la respuesta alentadora de los organismos garantes.
Periodista y escritor; presidente del Colegio Nacional de Licenciados en Periodismo, CONALIPE; secretario de Desarrollo Social de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP; presidente fundador y vitalicio honorario de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, FAPERMEX, miembro del Consejo Consultivo permanente del Club Primera Plana, Doctor Honoris Causa por la Universidad Internacional y Académico de Número de la Academia Nacional de Historia y Geografía, ANHG. Agradeceré sus comentarios y críticas en teodororenteriaa@gmail.com Nos escuchamos en las frecuencias en toda la República de Libertas Radio. Le invitamos a visitar: www.felap.info, www.ciap-felap.org, www.fapermex.org, y www.clubprimeraplana.org, y el portal irradia noticias.com