Por Teodoro Rentería Arróyave
Cuando coincidimos en Televisión Independiente de México, TIM, conocida popularmente como Canal 8, Lolita Ayala, Eduardo Andrade Sánchez y el autor, gerente de noticias especiales, formamos un triunvirato de periodistas que fue favorecido por la audiencia televisiva, fue el primer esfuerzo real para oponerse al monopolio de la televisión, que fue traicionado con la fusión que dio lugar a que Telesistema Mexicano se convirtiera en la ahora Televisa.
Eduardo Andrade, emigró al estudio hasta lograr el doctorado en Derecho e incursionar en la política en la procuración de justicia. Como jurisperito ahora nos obsequia en “El Universal” un profundo análisis sobre la supuesta ilegal sobrerrepresentación de MORENA y sus aliados, al respecto nos aclara Andrade Sánchez:
El reclamo de la oposición de que Morena y sus aliados estarán sobrerrepresentados ilegalmente en la Cámara de Diputados se basa en un argumento truculento, que compara el porcentaje de votación obtenido por la Coalición Sigamos Haciendo Historia con el que corresponderá a sus partidos ocupar en la Cámara. Pretenden que se le trate como a un partido, sin ninguna base legal”.
“Desde 1977, agrega, nuestro país adoptó un sistema mixto para mitigar la sobrerrepresentación, efecto normal en sistemas de mayoría como los de Francia y Gran Bretaña. En las recientes elecciones francesas la alianza de izquierda ganó con el 13% de los votos y tendrá el 23% de la Asamblea Nacional: 20 puntos de sobrerrepresentación. En las británicas el Partido Conservador obtuvo el 33% de los votos y tiene el 63% de la Cámara de los Comunes. ¡30 puntos! y nadie dice que esos sistemas sean antidemocráticos.
Desde la adopción de la representación proporcional (RP) nuestro sistema se diseñó como “mixto con dominante mayoritario” y ahora los opositores quieren que funcione como proporcional puro; dicen que ese es el espíritu de la Constitución. Falso, esta, siempre se refiere a los partidos para el reparto de curules proporcionales; para nada menciona a las coaliciones. Tal predominio mayoritario es claro: de 500 diputados, 300 son de mayoría y 200 de RP. Se basa en el valor de los votos emitidos en cada distrito en favor de los candidatos que obtienen la mayoría. Ello cuenta con gran apoyo de la ciudadanía, que con frecuencia menosprecia a los “pluris”.
Por eso un partido que obtiene una mayor cantidad de triunfos distritales recibe más diputados, aunque haya tenido menos votos que otro que hubiere acumulado un porcentaje mayor sumando los que recibió en todo el país en los distritos donde perdieron sus candidatos”.
Después de otros valiosos argumentos concluye: “La comparación del porcentaje de votos con las curules conseguidas es, pues, engañosa porque no toma en cuenta los triunfos distritales. Cualquier criterio para reducir el número de diputados obtenido por cada partido implica alterar el valor de los votos y una violación a la Constitución”.
A ello debemos de agregarle la determinación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, TEPJF, en el sentido de que el presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral, ante tal supuesto la Presidencia de la República afirmó que las y los magistrados buscan restringir la libertad de expresión del primer mandatario.
En un comunicado, aseguró que magistrados “afines a grupos opositores” del actual gobierno usan su cargo para restringir al presidente y al pueblo de México el ejercicio del derecho a la libre manifestación de las ideas, a la información y a la libertad de prensa.
Resaltó que “en unas cuantas horas”, sin hacer una valoración de las manifestaciones y pruebas rendidas por el titular del Ejecutivo, y únicamente apoyándose en lo que dijeron los quejosos, resuelven, contra el mandatario y otros servidores públicos, 19 quejas sobre 36 conferencias de prensa matutinas.
Y viene los absurdo, “a pesar de tratarse de un procedimiento caducado, los magistrados electorales Luis Espíndola Morales, Rubén Lara Patrón y la magistrada en funciones, Mónica Lozano Ayala, resuelven infraccionar al titular del Ejecutivo federal por expresar sus ideas, informar a la población y dar respuesta a las preguntas de la prensa en las conferencias de prensa de junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2023, lo cual resulta absolutamente arbitrario y violatorio de los derechos reconocidos, no sólo constitucionalmente, sino en los tratados internacionales”, aseveró Presidencia.
Añadió que con “argumentos baladíes”, los magistrados electorales adjudican a las palabras del presidente una intencionalidad distinta de lo manifestado; se convierten en adivinos de la voluntad del presidente; argumentan que, si mencionó alguna palabra, en realidad ésta se refería a Morena, y que, por tanto, hacía propaganda a favor de ese partido.
“Sin embargo, el titular del Ejecutivo federal jamás se pronunció a favor o en contra de algún partido político o candidato(a) en esas conferencias, y sólo manifestó libremente sus ideas políticas, derecho que tiene todo ciudadano en un régimen democrático como el nuestro”.
En el documento, la Presidencia de la República indicó que, en ese afán destructor de la democracia de nuestro país, los magistrados electorales se vuelven olvidadizos.
Recordó que, en 2012, el TEPJF resolvió que, no obstante que Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, entonces presidente, en pleno periodo electoral hizo mención expresa a favor de Josefina Vázquez Mota, candidata de su partido, calificándola como la mejor opción electoral, no hubo penalidad alguna
Y no podía faltar lo absurdo de lo absurdo, valga el galimatías: el señor ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, Luis María Aguilar, planteó, sin rubor alguno, “que si el presidente Andrés Manuel López Obrador, propone elegir democráticamente a los ministros de la Suprema Corte de la Justicia Nacional, el mismo método, por elección popular, se realice para elegir a los miembros del gabinete presidencial.
¿En manos de qué ministros de la Corte estamos los mexicanos? Se le olvido a Luis María Aguilar lo que mandata el Artículo 80 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano: “Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo que se denominará ‘Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”.
Y una aberración más, las “irregularidades y actos de corrupción son muy frecuentes porque las instituciones enfrentan un desgaste acumulado”, lo aseguró en la víspera nada más ni nada menos que la ministra presidenta de la Suprema, la controvertida, Norma Lucia Piña Hernández. Repito: ¿en manos de quién estamos los mexicanos?
Periodista y escritor; presidente del Colegio Nacional de Licenciados en Periodismo, CONALIPE; secretario de Desarrollo Social de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP; presidente fundador y vitalicio honorario de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, FAPERMEX, miembro del Consejo Consultivo permanente del Club Primera Plana, Doctor Honoris Causa por la Universidad Internacional y Académico de Número de la Academia Nacional de Historia y Geografía, ANHG. Agradeceré sus comentarios y críticas en teodororenteriaa@gmail.com Nos escuchamos en las frecuencias en toda la República de Libertas Radio. Le invitamos a visitar: www.felap.info, www.ciap-felap.org, www.fapermex.org y el portal: irradianoticias.com